Para los inconformistas, les quedan ese pequeño grupo de abogados, plataformas, asociaciones y prensa como la que publica este artículo, que buscan informar, y no encaminar hacia el notario para tener el camino libre. Sólo recordar a todos, que en Salamanca ya son tres las sentencias de instancia favorables y una sola negativa.
Además, la única sentencia del Tribunal Supremo que existe a la fecha al respecto de las preferentes, Sentencia del Tribunal Supremo (Sala Primera de lo Civil) 244/2013, de 18 de Abril de 2013, favoreció al afectado, con la devolución íntegra de su dinero, constando probado en esa sentencia que el cliente era empresario en activo, asesorado por su gestor de empresa, y con más preferentes en su poder, suscritas además en otra entidad a la demandada. Vamos, con perfil mucho menos minorista que los dos salmantinos, “portero de edificio” y “matemático”, que han visto truncada su reclamación.